Copia del discurso en conferencia de prensa ofrecida por el Doctor Raúl Vargas López

El tema de la controversia constitucional sobre la reforma electoral que anunció el gobernador del estado Emilio González Márquez, tiene dos aristas, lo jurídico y lo político:

1) La situación jurídica

En este contexto debemos señalar que el gobernador o se equivoca, o de mala fe, recurre a una figura jurídica que es improcedente.

Lo anterior es así, en virtud de que la controversia constitucional es una figura contemplada en la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se prevé un recurso en caso de conflicto sobre invasión de competencias entre poderes de un mismo nivel de gobierno o entre la federación, los Estados y los Municipios. Por lo que para el caso en concreto no aplica, ya que no se invade ninguna facultad del titular del ejecutivo local.

Por otra parte, para el caso de normas generales relativas a la materia electoral que pudiesen contravenir la constitución federal, la fracción II de mismo artículo citado prevé la figura de la acción de inconstitucionalidad, reservando la calidad de sujetos legitimados para intentar dicha acción, a las dirigencias de los partidos políticos con registro ante la autoridad electoral competente.

Es decir, ningunas de las dos figuras jurídicas son aplicables para este caso, pues los partidos políticos hemos manifestado nuestro acuerdo para que apoyar dicha reforma.

Es de resaltar que en lo que va de la administración de González Márquez, es decir menos de un tercio de su sexenio, ha abusado de la figura de las observaciones a los decretos sobre diversos temas legislativos, toda vez que se cuentan ya en doce el número de “vetos”, en contraste con la anterior administración estatal que se presentaron 15 durante toda la gestión.

Sin embargo consideramos que el titular del poder ejecutivo desaprovecha la oportunidad de razonar de manera seria y rigurosa el análisis de las normas que emite el poder legislativo. Ejemplo de lo anterior, es que para el caso de la reforma electoral en su momento de manera ilógica y contradictoria solo realizó observaciones ortográficas y sostuvo de manera infundada que existía controversia en normas que no solo no se contraponen, sino que resultan compatibles, contestes y concurrentes.

Ambas conductas, reflejan por parte del gobernador una conducta abusiva del derecho, toda vez que se hace uso de figuras a sabiendas o con plena conciencia de que no solo resultan impertinentes e inapropiados sino inútiles para los fines jurídicos que se persigues.

Finalmente debemos señalar que de acuerdo con la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación que hace sobre la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, determina que la segunda de ellas, en ningún caso podrá tener como materia de análisis, la impugnación de normas, en materia electoral, lo que reafirma la impertinencia, ignorancia o mala fe en el actuar de Emilio González Márquez.

2) En el caso de lo político, quiero resaltar lo siguiente.

El gobernador se dice sensible a los reclamos ciudadanos que exigen un manejo eficiente del gasto y mayor austeridad.

Sin embargo él nunca ha mostrado esta postura congruente con lo que ahora señala, pues una característica de su administración ha sido la improvisación y el despilfarro de los recursos, como último ejemplo basta señalar los 224 millones que el Consejo Estatal de Promoción Económica destino para subsidios a empresarios de la localidad.

Con la misma celeridad con que Emilio González Márquez atiende los reclamos de sus “amigos” los empresarios, quisiéramos verlo atender los requerimientos de los habitantes de El Salto y Juanacatlán con respecto a la contaminación del río Santiago o de los pescadores que ven contaminada su fuente de trabajo.

La representantes patronales hablan de transparencia y no les gusta la rendición de cuentas, reciben dinero que no se ha visto traducido en crecimiento de empleos, ni mucho menos han generado las condiciones para mejorar la situación económica de los empleados que redunde en la mejora de la calidad de vida.

Insistimos, resulta contradictorio e ilógico que después de desaprovechar la figura jurídica pertinente para realizar de manera seria y objetiva sus observaciones y hacer llegar sus puntos de vista; ahora, presionado, motivado y compelido por diversos actores sociales, reaccione de manera tardía utilizando un recurso inconveniente e incorrecto para los fines que persigue.

Finalmente, el Partido de la Revolución Democrática reitera su postura a favor de la reforma, pues estamos totalmente convencidos que el trasfondo de esta controversia, es una actitud de no querer acabar con el financiamiento privado y por tanto con la influencia de los poderes económicos en las políticas de Estado.

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